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Otorgar la prestación de los servicios asistenciales a los grupos sociales vulnerables, así como promover el desarrollo integral de la familia y la comunidad municipal, a través de acciones encaminadas a que tanto familias, como comunidades, mejoren sus condiciones de vida y sean más autosuficientes.

Se entiende por grupos vulnerables:

Toda persona o grupo de personas

a) En situación especialmente difícil, entendiéndose por ésta: Los hombres y mujeres con enfermedad física o mental discapacitante, o en desventaja física, económica, jurídica o cultural.

b) En riesgo: Las personas, familias o grupos que tienen la imposibilidad o grave dificultad de procurar su bienestar físico, mental y social, debido a fenómenos hidrometeorológicos, geológico y socio-organizativos, o bien están asentados en localidades con características socioeconómicas deficientes en forma permanente.

c) En estado de abandono: Las víctimas de un acto de desamparo por parte de uno o varios miembros de la familia que tienen respecto de aquéllas, obligaciones legales, cuyo incumplimiento pone en peligro su bienestar físico, mental y social.

d) En estado de desventaja social, entendiéndose por éste: El que se origina por el maltrato físico, mental o sexual; desintegración familiar; pobreza o un ambiente familiar adverso que pone en riesgo o impide el desarrollo integral de la persona; asimismo, el que se deriva de la dependencia económica de las personas privadas de su libertad, enfermos terminales, alcohólicos, farmacodependientes, personas que no pueden valerse por sí mismas y/o que no aportan al ingreso familiar.

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